Fiscalidad y Cumplimiento Normativo
Servicios de IVA
El IVA del 5% parece simple hasta que entran en juego las zonas designadas, los cargos invertidos y los suministros mixtos. Registramos, presentamos y defendemos tu posición de IVA, y recuperamos el impuesto repercutido que la mayoría de empresas dejan sin reclamar.
El registro es obligatorio a partir de AED 375.000 de suministros imponibles y voluntario a partir de AED 187.500. A partir de ahí, declaraciones trimestrales, formatos de factura correctos y decisiones delicadas: exportaciones exentas, movimientos de mercancías en zonas designadas, suministros inmobiliarios e importaciones con cargo invertido.
Realizamos el ciclo completo: registro, preparación y presentación de declaraciones, revisiones de recuperación del impuesto repercutido, divulgaciones voluntarias cuando el historial requiere corrección, y representación cuando la FTA formula preguntas.
Qué gestionamos
- Registro de IVA y registro de grupo
- Preparación y presentación de declaraciones trimestrales
- Revisiones de recuperación del impuesto repercutido
- Tratamiento del IVA en zonas designadas e inmuebles
- Divulgaciones voluntarias y mitigación de multas
- Representación en auditorías de la FTA
Preguntas frecuentes
¿Quién debe registrarse para el IVA en los EAU?
Las empresas con suministros imponibles superiores a AED 375.000 en los últimos 12 meses deben registrarse; el registro voluntario se abre a partir de AED 187.500. El registro tardío conlleva una multa de AED 10.000, por lo que el umbral debe monitorearse conforme crecen los ingresos.
¿Con qué frecuencia se presentan las declaraciones de IVA de los EAU?
Trimestral para la mayoría de empresas, mensual para las más grandes según lo asignado por la FTA, con vencimiento 28 días después del período. Preparamos y presentamos declaraciones y revisamos la recuperación del impuesto repercutido, donde la mayoría de empresas dejan dinero sobre la mesa.
Análisis de JRE
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